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El Ministerio de Salud emitió la resolución MS-DM-RM-0933-2021, la cual detalla los pasos requeridos para obtener la autorización de uso e importación de vacunas contra la Covid 19, una vez que los desarrolladores de estos fármacos cuenten con las posibilidades de colocar su producto en el sector privado.

El trámite se realiza ante la Dirección de Regulación de Productos de Interés Sanitario donde se gestiona la solicitud, junto a la información requerida que incluye certificados de buenas prácticas, detalles del etiquetado, así como la documentación para la comprobación respectiva de los parámetros de calidad, seguridad y eficacia, donde destaca lo establecido por la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología que instruyó el contar con aprobación de agencia regulatoria estricta y/o precalificación de Organización Mundial de la Salud (OMS), además de contar con una eficacia vacunal de al menos un 60%.
De igual forma, una vez que se cuente con las dosis en el país para su venta y/o colocación, se debe coordinar el reporte respectivo del proceso de vacunación y el seguimiento post vacunación de eventos supuestamente atribuibles a vacunación e inmunización.
El Ministerio de Salud es claro, en la misma resolución, que permitir la venta de la vacuna contra el COVID-19 para el mercado privado garantiza el acceso a la salud a mayor cantidad de personas y alcanzar la inmunidad de rebaño en forma más acelerada, lo que favorece el objetivo de salvar vidas humanas, reducir discapacidad y apoyar el incremento de la actividad productiva del país.

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