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Llegar a la municipalidad de León Cortés para hacer la cancelación del impuesto de bienes e inmuebles, se convirtió según lo describen algunos contribuyentes en «una pesadilla»…

Presentarse en cajas para hacer el pago habitual de este impuesto municipal o bien declarar sus propiedades y encontrarse con un cobro judicial a su nombre , fue definitivamente una sorpresa que ningún habitante del cantón esperaba recibir.

A Ronny Durán Mora, le tocó vivir la experiencia de llegar a pagar y encontrarse con un cobro judicial a nombre de su padre, del cuál asegura nunca fue notificado ni por una estancia judicial ni por el municipio. Esta situación y más acontecimientos que vivió durante el trámite, lo hicieron sentir la necesidad de encontrar una explicación del porqué él y otros contribuyentes tenían cobros judiciales de los que nuca fueron notificados, además que los depósitos de dinero que hicieron por el pago de honorarios y para estar al día iban dirigidos a una cuenta a nombre del Bufete Mario Ulate y Asociados y no a las arcas municipales.

Pese a que a Durán se le reintegró su dinero cobrado de más, ya que se demostró que la demanda por cobro judicial aún estaba en trámite, él no dejó el tema ahí e inició una serie de solicitudes de documentación de dominio público ante el ente municipal por medio del Concejo.Dentro de las peticiones que hizo estaban: el convenio entre el gobierno local de León Cortés y el Bufete Ulate y Asociados (abajo adjunto) , el mismo se respalda en la necesidad que tiene el municipio de asistencia técnica legal en la recuperación de recursos en materia de procesos cobratorios complejos. Por otra parte, el ciudadano solicitó el Reglamento para el cobro administrativo y judicial de la Municipalidad de León Cortés, que según menciona el que está vigente y debidamente publicado fue creado hace 20 años.

Otra de las vecinas afectadas por los cobros judiciales, menciona que en una semana su recibo municipal pasó de ₡166.000 a ₡660.000.

Una vez que los afectados se organizaron para solicitar devolución de sus dineros o bien investigar como se llevaban a cabo los cobros, el abogado Alberto Víquez conoció la situación y de manera voluntaria decidió dar acompañamiento y asesoría a los vecinos de este cantón, según Víquez al día de hoy tienen presentadas una serie de consultas a la Contraloría General de la República y a la Procuraduría de la ética con el fin de demostrar la idoneidad o no del convenio con el Bufete.

De acuerdo con Víquez, en León Cortés a los contribuyentes se les cobra de los avalúos que el gobierno local realiza a sus propiedades .

Consultado Marcos Vargas Hernández, asesor municipal del departamento de gestión municipal del Órgano de Normalización ´Técnica del Ministerio de Hacienda sobre el tema de avalúos que deben hacer los municipios , textualmente respondió lo siguiente, citando la ley 7509 de Bienes e Inmuebles.

Artículo 17.- Inobservancia de la declaración de bienes: Cuando el contribuyente no haya presentado la declaración conforme al artículo 16 de esta ley, la Administración Tributaria le impondrá una multa de un monto igual a la diferencia dejada de pagar y estará facultada para efectuar, de oficio, la valoración de los bienes inmuebles sin declarar. En este caso, la Administración Tributaria no podrá efectuar nuevas valoraciones sino hasta que haya expirado el plazo de tres años contemplado en la presente ley.

La valoración general se hará considerando los componentes: terreno y construcción, si ambos están presentes en la propiedad, o únicamente el terreno, y podrá realizarse con base en el área del inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad y en el valor de la zona homogénea donde se ubica el inmueble dentro del respectivo distrito. Para tales efectos, se entenderá por zona homogénea el conjunto de bienes inmuebles con características similares en cuanto a su desarrollo y uso específico.

En esos casos de valoración o modificación de la base imponible, si el interesado no ha señalado el lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro municipal, se le notificará mediante los procedimientos de notificación de la Ley N.º 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, de 4 de diciembre de 2008. De haberse indicado lugar para recibir notificaciones, la Administración Tributaria procederá conforme al dato ofrecido por el administrado.

De acuerdo con el regidor municipal de León Cortés, Juan Manuel Quirós, a él se le han acercado munícipes, muchos de ellos de muy bajos recursos que han hecho enormes esfuerzos para poder pagar el costo de honorarios que cobra el bufete por tramitar los cobros judiciales.

Este medio de comunicación intentó en múltiples ocasiones obtener la respuesta de la administración municipal sobre el tema; sin embargo se nos informó que en el momento que lo consideren oportuno convocarán a una conferencia de prensa para dar su posición con respecto a los cuestionamientos de los contribuyentes.

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